¿Qué va a encontrar el afectado de Acoso Laboral o Mobbing cuan

  • Julio Mendez

    "Lo primero es un contacto lo más cercano posible con el afectado/a, conocer su historia, los sucesos que le han llevado a su situación actual, el comportamiento de la empresa, los antecedentes en compañeros y/o superiores, etc. Es decir, tener una composición cabal del escenario, el ambiente y el entorno en el que trabaja el afectado. Tras lo anterior, para nosotros es muy importante conocer lo que se desea conseguir, qué soluciones le parecen viables y cuáles quedan totalmente descartadas.

    Con todo ello, se realiza un estudio y se indica las pautas que a nuestro juicio han de seguirse. Dichas pautas no solo versan sobre las posibles opciones que tiene el afectado, ya sea judicial o extrajudicialmente, sino que también se le dota de instrumentos para confrontar las diferentes situaciones de enfrentamiento en su lugar de trabajo"

     

    Entrevista a: Julio Méndez -   Director "Servicios Jurídicos" de PRIDICAM

    Realizada por   Carlos Sanz –Carlos Sanz – Presidente PRIDICAM

    ¿Qué va a encontrar el afectado/a cuando acude al servicio   jurídico de la Asociación?.

    Lo   primero que encontrará es un equipo profesional con experiencia y que está   dispuesto a escucharle y orientarle en cómo proceder.

    Me   explico, desde el advenimiento de la sociedad de la información y los medios   telemáticos, el afectado/a se encuentra con una doble dificultad: por un lado   está sometido a un severo hostigamiento en su lugar de trabajo, por otro, es   constantemente bombardeado con opciones sobre lo qué debe, puede, o le   interesa hacer en su caso concreto. Por ello, lo primero es escucharle, conocer a fondo su situación, y   posteriormente orientarle desde el conocimiento de los medios e instrumentos   con los que cuenta para solventar el conflicto.

    De lo que me dice, supongo que cada caso es   tratado de forma absolutamente singular y que no existe una normalización en   el proceso

    Efectivamente,   cada caso es singular por la sencilla razón de que tenemos la fortuna de   tratar con personas, y cada una de ellas tiene un componente humano que no   podemos desoír. Una vez determinado con precisión el   conflicto, el afectado conocerá las diferentes posibilidades de solucionarlo.

    ¿Cómo se afronta la solución del conflicto?

    Esencialmente   se hace desde una doble vertiente, la extrajudicial y la judicial pura. En   muchas ocasiones no nos es necesario acudir a un proceso judicial para   solventar la problemática. Tenemos medios que nos permiten, mediante un   cuidadoso movimiento de “palancas”, forzar una negociación con la empresa, ya   sea pública o privada. Como digo, no siempre es necesario acometer una acción   judicial.

    ¿Cómo se valora el sistema a emplear, judicial o   extrajudicial?

    Como   decía anteriormente, lo primero es un contacto lo más cercano posible con el   afectado/a, conocer su historia, los sucesos que le han llevado a su   situación actual, el comportamiento de la empresa, los antecedentes en   compañeros y/o superiores, etc. Es decir, tener una composición cabal del   escenario, el ambiente y el entorno en el que trabaja el afectado. Tras lo   anterior, para nosotros es muy importante conocer lo que se desea conseguir,   qué soluciones le parecen viables y cuáles quedan totalmente descartadas.

    Con   todo ello, se realiza un estudio y se indica las pautas que a nuestro juicio   han de seguirse. Dichas pautas no solo versan sobre las posibles opciones que   tiene el afectado, ya sea judicial o extrajudicialmente, sino que también se   le dota de instrumentos para confrontar las diferentes situaciones de   enfrentamiento en su lugar de trabajo. Esencialmente se trata de   instrumentalizar un proceso, judicial o extrajudicial, a la medida del   afectado.

    En   un primer término y dado el hostigamiento al que se ha visto sometido, el   afectado padece una inseguridad absoluta en sus movimientos, llegando a dudar   de qué realiza correctamente su trabajo incluso tras más de diez años de   plena solvencia, por ello, el verse dotado de instrumentos que le permiten   “posicionarse en su lugar” y al mismo tiempo situar a cada uno en el lugar   que le corresponde, le permite afrontar el proceso, ya sea judicial o   extrajudicial, con cierta tranquilidad y seguridad personal.

    ¿Cómo lo hacen, es decir, de qué instrumentos se les dota?

    Todos   los instrumentos que ponemos en manos del afectado van dirigidos tanto a   generar o incrementar su confianza, como a trasmitir a la empresa el   inequívoco mensaje de que algo ha cambiado. A partir de ese momento, las   cosas no serán como eran, y por ende la posición del perjudicado se vuelve   más sólida, se robustece, llegando en ocasiones a eliminarse por completo el   foco del acoso. Lo anterior puede hacerse simultáneamente y con la   colaboración de servicios específicos, o de manera inicial hasta ver el   comportamiento de la empresa.

    ¿Supongo que en algunos casos no se podrá realizar otra acción   más que la judicial?

    Efectivamente,   si todo lo anterior no funciona, o si a la vista de la situación del afectado   estimamos necesario una contundente acción judicial, la misma se pondrá en   marcha de inmediato.

    No hemos de temer a los tribunales, están allí para servirnos y para   adoptar decisiones de obligado cumplimiento. La jurisdicción social es   tuitiva en cuanto a los intereses del trabajador, y desde la experiencia y el   conocimiento de los diferentes procesos, es la función de este departamento   el encauzarlos correctamente, como decía al principio, desde la situación   singular del trabajador y los fines que intenta obtener.

    ¿Estimo que es indudable que desde el aumento de la crisis y   los profundos recortes que sufre la administración pública, la posición de   los funcionaros se habrá debilitado?

    Es   verdaderamente lamentable la posición en la que se está situando al   funcionario público actualmente. Si ya desde hace tiempo se ha visto   perjudicado por recortes, me refiero incluso en los momentos de bonanza   económica, más aun en el momento actual. Puedo decir que las peores   situaciones de acoso las hemos encontrado en el ámbito de la función pública,   no solo por desfasados procesos de licencias y/o traslados, sino por   comportamientos francamente agresivos y atentatorios contra las personas.   Actualmente el funcionario se encuentra solo, sin la colaboración de sus   superiores y al albur de decisiones políticas u organizativas que   teóricamente debe soportar. Nada más lejos de la realidad, el Estatuto de la   Función Pública no solo contiene obligaciones para los funcionarios, sino   también un ingente contenido en derechos que deben respetarse, y de no   hacerlo, se arbitran sistemas también judiciales y/o extrajudiciales de   conformidad con cada caso concreto.

    ¿Están al día de hoy las empresas preparadas para afrontar los   riesgos psicosociales?.

    Lamento decirte que por regla general no lo   están. Las empresas   realizan sus evaluaciones, protocolos, etc, pero lo cierto es que normalmente   se hace con la finalidad de cumplir un mero trámite, no se realiza con el   objetivo de velar por la salud de sus trabajadores. Es triste ser tan   contundente, pero es cierto. El trabajador es el que está llamado a velar por   sus propios derechos, y será el propio trabajador el que deba doblegar la   inactividad empresarial en ese sentido. No nos es extraño encontrarnos con   empresas, e incluso administraciones públicas, que carecen de la preceptiva   evaluación de Riesgos Psicosociales o protocolo de actuación ante el acoso, o   que si los tienen, desconocen su contenido.

    ¿Lo cierto es que están Uds. a cargo de todo el territorio   nacional, como se gestiona?

    El   sistema es sencillo pero sumamente eficaz, me explico.

    El   afectado/a contacta con la asociación, a partir de ese momento y de   conformidad con su situación es remitido con carácter de Urgente (en caso de   ser necesario) a los servicios jurídicos. Una vez tomado el primer contacto   intentamos que se nos provea de la máxima cantidad de información posible,   para ello colaboramos con la persona en la confección de un pequeño informe   que nos servirá para conocer su situación.

    Para   el caso de que por imposibilidad geográfica no pueda llevarse el asunto desde   la dirección, se le recomiendo la asistencia a uno de los múltiples despachos   que colaboran con nosotros y que se encuentra en la cercanía de su domicilio.   Ahora bien, lo que debe quedar muy claro es que el afectado/a no pierde   contacto en momento alguno con el departamento jurídico, antes al contrario,   la supervisión de toso los movimientos se realizará desde la dirección. No se   trata de una derivación sin más, se trata simplemente de que pueda dirigirse   a un despacho cercano pero siempre en contacto con la dirección jurídica. El   afectado/a debe comunicar directamente al departamento jurídico todos los   contactos habidos, las indicaciones recibidas, las opciones planteadas, etc.   Es decir la decisión final se tomará desde la comunicación directa   afectado-dirección jurídica-despacho colaborador.

    ¿En otro orden de cosas, supongo se encontrarán con afectados   que se encuentren de baja médica. En este caso, existe algo que deban saber?

    Lo   cierto es que en la gran mayoría de los casos el desgaste sufrido por la   situación de hostigamiento deviene en la necesidad del trabajador de acogerse   a la situación de incapacidad transitoria (IT). También es cierto que el   Médico de Atención Primaria (MAP) suele calificar la dolencia como enfermedad   común. Desde el inicio dicha calificación habrá de ser combatida mediante el   oportuno proceso de determinación de contingencias. Con dicho proceso se   busca que su situación de IT por enfermedad común, mute en situación de IT   por enfermedad profesional reportando importantes ventajas para el afectado,   tanto económicas como el innegable hecho de dejar constancia del origen de su   padecimiento.

    PRIDICAM (Plataforma en la Comunidad de Madrid contra   los Riesgos Psicosociales y la Discriminación Laboral)

0 comentarios