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Forestales
El DOE publica la orden que regula subvenciones en tecnología, transformación y comercialización de productos forestales
  • Publicado: 16/04/2020 18:16
  • por: extremadura.com
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La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio publica hoy jueves en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la Orden que regula las subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales, y para la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la región.

Según recoge esta Orden, se destinarán tres líneas de ayudas para la potenciación de recursos del sector: una para la adquisición de nueva maquinaria y equipos o su renovación; otra para la construcción o rehabilitación de pequeñas infraestructuras; y la tercera para la transformación, movilización y comercialización de productos forestales.

Entre las inversiones para mejorar la productividad de los montes extremeños, la Junta subvencionará la adquisición de equipos y herramientas destinados a la preparación de nuevas matas de pinos, desbroces y otras actuaciones.

También se financiará la puesta en valor de alcornocales para tareas de desbroce, podas, transformación y aprovechamiento de frutos, así como el resalveo de castañares para madera, y de robledales para la producción de biomasa.

Del mismo modo, se subvencionará maquinaria y equipo para el clareo y astillado orientado al aprovechamiento y valor energético de madera, biomasa y leñas.

En referencia a la construcción o rehabilitación de pequeñas infraestructuras, se apoyará económicamente las inversiones en naves de secado de piñas u otros frutos forestales como almacenes de resinas o leñas.

En la tercera línea de ayudas, según la Orden de la Dirección General de Política Forestal, se financiará la adquisición de maquinaria fija nueva, bienes de equipo e instalaciones nuevos, encuadrados dentro del nivel preindustrial, aplicaciones y equipos informáticos, la adquisición de inmuebles de primer uso, y obra civil para la construcción de nuevos edificios o ampliación o reforma de los mismos.

Se podrán beneficiar las personas y entidades que estén dedicadas a la explotación silvícola y/o pretransformación de productos del monte, que sean titulares forestales públicos o privados, municipios y sus asociaciones; también personas autónomas y PYMES del sector; y las comunidades de bienes titulares de derechos reales o personales sobre terrenos forestales y agroforestales.

FINANCIACIÓN

Respecto a la financiación, para las líneas 1 y 2 se subvencionará el 30% de la inversión aprobada, con importes máximos de inversión de 300.000 euros a la primera y 100.000 a la segunda. Mientras que en la tercera línea el porcentaje se determinará en función del tipo de empresa (PYMES) y del importe que resulte auxiliable, con una horquilla de inversión de entre 25.000 euros y un millón.

El plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida será de 20 días hábiles, a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el DOE, en los próximos días.

Las solicitudes se incluyen en el anexo de la Orden publicada hoy y están disponibles en el Portal del Ciudadano de la Junta (http://ciudadano.juntaex.es), así como en la web de Agricultura.