La Delegación del Gobierno abre el periodo de información pública de la actualización del Plan de restauración de la mina “Aguablanca” de Monesterio
- Publicado: 14/08/2019 15:44
- por: extremadura.com
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La normativa actual obliga a revisar el Plan de Restauración de las instalaciones con actividad minera cada cinco años y, en su caso, modificarse si se han producido cambios sustanciales que afecten a lo previsto en él, incluidos cambios en el uso final del suelo una vez se concluya el aprovechamiento.
La Delegación del Gobierno de Extremadura, a través del Área de Industria y Energía ha remitido al Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y al Boletín Oficial del Estado el anuncio de la apertura del periodo de información pública para el Plan de restauración de la mina “Aguablanca” de Monesterio.
Esta actualización del Plan de Restauración, ha sido remitida por la empresa Río Narcea Recursos S.A a la Subdirección Dirección General de Minas, del Ministerio de Transición Ecológica ya que, dada la modificación experimentada en la clasificación de la instalación de residuos mineros de la explotación, la normativa vigente (Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras) obliga al explotador a presentar una actualización del Plan que recoja las actuaciones que garanticen la seguridad medioambiental de las instalaciones.
Así mismo, la autoridad competente, en este caso, la Dirección Genetal de Emergencias y Protección Civil (Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura), y motivada por la nueva clasificación de la instalación de residuos mineros de la explotación, elaborará un Plan de Emergencia Exterior especificando las medidas que deban tomarse fuera del área de la explotación y sus instalaciones y servicios anejos en caso de accidente, por lo que Río Narcea Recursos S.A ha facilitado la información necesaria para que se pueda elaborar ese Plan.
En los documentos remitidos por la empresa y que esta semana salen a exposición pública para que los interesados, tanto particulares como órganos e instituciones, puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas; se prevén las actuaciones necesarias tanto para la actualización del Plan de Restauración actualmente vigente, como la estrategia prevista para el abandono, cierre y clausura de la Mina.
En el documento presentado por la empresa se recoge también que a partir de este documento, en el caso de desarrollarse la explotación de la misma por interior, se elaborarán las adaptaciones y se llevaran a cabo las tramitaciones administrativas necesarias para cumplir los requisitos que se fijaron en la declaración de impacto ambiental emitida el 21 de junio de 2017 por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Por otro lado, y para dar cumplimiento al citado Real Decreto 975/2009, con antelación suficiente a la finalización del periodo de explotación de la instalación de residuos mineros, o cuando por condiciones económicas o de otro tipo se prevea la paralización de sus actividades, “Río Narcea Recursos, S.A”, elaborará y presentará a la autoridad competente para su autorización el Proyecto Definitivo de Cierre y Clausura
La empresa ha presentado también en este documento el presupuesto de las actuaciones; presupuesto que asciende a un total de 8.854.520 €, de los cuales, unos 5.135.286 € serían para el cierre y restauración de las instalaciones de residuos mineros, destacando en este apartado la cuantía destinada al encapsulado de la balsa de residuos mineros. El Plan recoge también que el plazo para la ejecución de las acciones para el cierre de la explotación, en caso de llevarse a cabo, sería de tres años.
El periodo de información pública será de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio correspondiente y durante ese plazo se podrán presentar, por parte del público interesado, cualesquiera observaciones y opiniones a la autoridad competente antes de que se autorice el citado Plan de Restauración y para que, en la decisión sobre el Plan de Emergencia Exterior, sean debidamente tenidas en cuenta las mismas.