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Educación
Las actividades lectivas del curso escolar 2017/2018 comenzarán el día 13 de septiembre
El calendario escolar incluye la adopción de medidas extraordinarias en circunstancias meteorológicas excepcionales.
  • Publicado: 07/08/2017 14:51
  • por: extremadura.com
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El curso escolar 2017/2018 se iniciará el 1 de septiembre de 2017 y finalizará el 31 de agosto de 2018, aunque las actividades lectivas correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria comenzarán el 13 de septiembre y finalizarán el 21 de junio.

Posteriormente, el día 14 de septiembre comenzarán las clases primero y segundo de Bachillerato, segundo curso de Formación Profesional Básica, los Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior.

El primer curso de FP Básica iniciará las clases el 20 de septiembre y el 25 lo hará el primer curso de los Ciclos Formativos de Grado Medio y los Ciclos Formativos de Grado Superior.

Este calendario escolar será de aplicación en los centros de primer ciclo de Educación Infantil dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, así como en el resto de centros docentes de niveles no universitarios sostenidos con fondos públicos y centros privados de Extremadura.

Por su parte, las actividades lectivas correspondientes a las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza se iniciarán el 2 de octubre de 2017 y finalizarán el 21 de junio de 2018, al igual que las de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), aunque su terminación será el 31 de mayo de 2018.

Asimismo, el alumnado que curse enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Diseño y Música iniciará el curso escolar el 19 de septiembre de 2017 y terminará el 21 de junio de 2018.

Los centros, públicos y privados, que impartan Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial comenzarán la actividad académica de estas enseñanzas el día 1 de septiembre de 2017 y la finalizarán el 29 de junio de 2018, pudiendo extender esta actividad hasta el día 31 de julio de 2018 si, por razones académicas u organizativas, así lo requirieran la Administración educativa o el titular del centro.

En este sentido, las actividades lectivas deberán iniciarse no más tarde del 4 de octubre de 2017 y no podrán finalizar antes del 21 de junio de 2018.

FENÓMENOS METEOROLÓGICOS

Este próximo curso, como novedad, el calendario escolar incluye la adopción de medidas extraordinarias en circunstancias meteorológicas excepcionales, como la existencia de alerta con aviso especial de ola de calor.

En este sentido, las direcciones o titulares de los centros docentes de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Educación Especial, previo informe favorable de su correspondiente consejo escolar, podrán acordar desarrollar actividades adaptadas a la situación climatológica, lo que puede incluir, en su caso, la reducción de la jornada lectiva del alumnado que estuviera establecida con carácter general.
La Mesa Sectorial de Educación, celebrada el pasado 14 de julio, aprobó esta modificación del calendario escolar para el curso 2017-2018, que incluyó algunas aportaciones de los sindicatos representados en la mesa.

De esta forma, en caso de reducción de la jornada lectiva el alumnado acudirá al centro dentro de dicho horario.

No obstante, se asegurará la posibilidad de que aquel cuya familia lo solicite pueda permanecer en el centro hasta la finalización de las actividades lectivas que correspondieran normalmente o bien no asistir a clase durante esos días, siempre comunicándolo previamente a la dirección o titularidad.

En cualquier caso, se garantizarán los horarios y prestación de los servicios de comedor y transporte escolar.