Los trabajadores de la Construcción de la Provincia de Cáceres cobrarán una media de más 900 € en concepto atrasos
- Publicado: 06/08/2015 18:12
- por: extremadura.com
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Tras la negativa de la patronal a aplicar incrementos salariales desde el año 2012, sendas sentencias del TSJEx y TS, obligan a las empresas del sector de la provincia a actualizar los salarios desde el 1 de Enero de 2012. Los Servicios Jurídicos de UGT se pondrán a disposición de los trabajadores que tengan derecho a estas cuantías
El Convenio General del Sector de la Construcción establece una Tabla Salarial Mínima Sectorial, a la que todas las provincias que se encuentren por debajo se han de equiparar. En el caso del Convenio Provincial de Cáceres, que finalizó su vigencia en el año 2011, se adoptó el acuerdo de adaptar los salarios al final de la vigencia del texto normativo.
Toda vez que las patronales del sector de la construcción en la provincia de Cáceres FECONS y PYMECON se negaron a aplicar este incremento salarial para que las nóminas de los trabajadores de la provincia se ajustaran a la Tabla Salarial Mínima Sectorial, es por lo que desde MCA-UGT se procede a denunciar el incumplimiento a través de la vía judicial, de lo que se deriva una sentencia que estima parcialmente la demanda por parte del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura el 4 de Julio de 2013, que es ratificada posteriormente por el Tribunal Supremo.
Se ha procedido por tanto a la actualización de las tablas salariales del sector en el periodo 2012 a 2015, con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 2012, lo que genera un derecho de cobro de percepciones por parte de los trabajadores en concepto de atrasos, que representan una media de más de 900 € para aquellos que prestaron servicio en todo el periodo, además del derecho a la actualización de las bases de cotización a la Seguridad Social, para que esta circunstancia no les perjudique en el futuro acceso a prestaciones.
Los atrasos correspondientes al año 2012, han de ser abonados por las empresas antes del 31 de Julio, mientas que los correspondientes a los incrementos de 2013 y 2015 antes de que finalice el mes de Agosto, para el año 2014 no se registró incremento salarial.
El derecho al abono de estos atrasos se mantiene aún en el supuesto de que se hubiese firmado el finiquito o incluso si la empresa ha desaparecido, ya que en este último caso se procedería a la reclamación de las cantidades ante el Fondo de Garantía Salarial.
La Federación informará a los trabajadores del procedimiento a seguir para recibir el abono de estas cantidades si las empresas no proceden a hacerlos efectivos en los plazos fijados, y pondrá a disposición los Servicios Jurídicos de UGT para la tramitación de las reclamaciones de cantidad ante el Juzgado de los Social.
MCA-UGT lamenta la actitud irresponsable de las patronales del sector de la construcción en la provincia de Cáceres, que en una situación similar ya se negaron a aplicar los incrementos firmados en el año 2009 e igualmente como ha sucedido ahora, una sentencia judicial les obligó a cumplir con lo pactado. Hacemos un llamamiento a la responsabilidad, justo cuando se inicia la negociación de un nuevo Convenio Colectivo Provincial, para abordar el proceso de forma constructiva y de buena fe, que permita alcanzar un acuerdo que de estabilidad al sector.