Consejo de Comunidades Extremeñas en el Exterior
El Consejo de Comunidades Extremeñas es un órgano colegiado de carácter deliberante, de participación, asesoramiento y propuesta a las instituciones extremeñas, en materias relacionadas con la ciudadanía extremeña en exterior, adscrito a la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales.
Funciones:
- Elaborar informes sobre el estado, situación y evolución de las relaciones entre las comunidades extremeñas y Extremadura.
- Fomentar las relaciones de las comunidades extremeñas entre sí y con Extremadura y sus instituciones.
- Proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a través de la persona titular del órgano competente en materia de políticas dirigidas a la emigración extremeña y al retorno, que adopte las iniciativas oportunas para la promulgación o modificación de normas con rango de Ley que afecten directa o indirectamente a los extremeños en el exterior, así como informar sobre las propuestas presentadas en esta materia.
- Informar, con carácter previo y preceptivo, de las disposiciones dictadas en desarrollo de los derechos reconocidos en la presente Ley 6 /2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior.
- Participar en la formulación del Plan General para los Extremeños en el Exterior para que recoja las propuestas de acciones, en cumplimiento de los objetivos previstos en la presente Ley 6 /2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior.
- Evaluar la ejecución del Plan General para los Extremeños en el Exterior y de otras previsiones contenidas en esta Ley 6 /2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior.
- Cualquier otra que le sea atribuida.