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Empresas
La Junta inicia la tramitación del "Cheque exporta" para aumentar las empresas exportadoras en Extremadura
  • Publicado: 25/03/2024 15:49
  • por: extremadura.com
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La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, inicia la tramitación del "Cheque exporta" que tiene como objetivo, el aumento del número de empresas exportadoras.

El secretario general de Economía, Empresa y Comercio, Víctor Píriz, ha destacado que "no solo es necesario consolidar las empresas que ya exportan, sino también fomentar la participación de un mayor número de empresas que se inician en los procesos de exportación".

En este aspecto, las ayudas denominadas "Cheque exporta", pretenden promover el aumento de empresas exportadoras, identificando las fortalezas y oportunidades para las empresas extremeñas de cara a la internacionalización.

El presupuesto total que contempla esta nueva medida se estima en 1.400.000 euros en cuatro anualidades. Para la primera convocatoria de este año 2024 se destinarán 350.000 euros. Las ayudas consistirán en una subvención del 80 por ciento del coste del plan, con un límite 3.500 euros de inversión subvencionable.

Estas ayudas se focalizan en empresas con un corto recorrido en comercio exterior, cuyas autolimitaciones endógenas pudieran impedir el análisis detallado y específico de la situación de la empresa de cara al mercado exterior.

El objeto de la ayuda es la elaboración de un plan de internacionalización personalizado, elaborado por expertos en comercio internacional para ayudar a las empresas que se inician en los procesos de internacionalización, ayudándolas a identificar las oportunidades de mercado, a comprender los requisitos legales y aduaneros de los países de destino, y desarrollando estrategias de entrada a nuevos mercados.

REQUISITOS

Los requisitos para poder ser beneficiarios del "Cheque Exporta" son desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios; tener un volumen de ventas fuera de España con relación al volumen total de operaciones, del ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la convocatoria inferior al 15 por ciento; y no haber sido beneficiario de esta misma actuación en las dos convocatorias anteriores a la que se solicita.