Publicado el acuerdo por el que se declara abierto el plazo para votar por correo en las elecciones al campo
- Publicado: 30/03/2022 13:41
- por: extremadura.com
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La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio publica hoy en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el acuerdo de la Comisión Central del procedimiento electoral para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en la Comunidad declarando abierto el plazo para ejercer el voto por correo y se fija el procedimiento para su ejercicio.
Quienes opten por ejercer el derecho al voto por correo, deberán solicitarlo a la Junta Provincial correspondiente a su lugar de empadronamiento si se trata de personas físicas o de domicilio social en caso de tratarse de personas jurídicas, a través de cualquier oficina de correos situada en la región.
La solicitud se deberá efectuar por escrito a partir de este jueves, 31 de marzo, hasta el 16 de abril, inclusive.
La formulará y firmará cada persona electora, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditadas mediante certificación médica oficial, que le impida la formulación personal de la misma. En este caso podrá ser presentada y firmada por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante documento que se extenderá individualmente, según recoge el DOE, y posteriormente la Junta Electoral comprobará que cumpla los requisitos.
Las personas electoras deben acreditarse ante la oficina de correos con DNI, pasaporte, NIE, o carnet de conducir originales.
MODELOS DE SOLICITUD
La solicitud se presentará según el modelo oficial que figura en el anexo I del acuerdo publicado este miércoles, cuando se trate de personas físicas, y según el modelo oficial que figura en el anexo II de este acuerdo cuando se trate de personas jurídicas.
Además, estos modelos estarán disponibles todas las oficinas de correos de Extremadura y en la página: http://www.gobex.es/con03/elecciones-al-campo-2022.
Correos recogerá toda la documentación para su posterior remisión a la Junta Provincial respectiva, que previa revisión de la documentación presentada, remitirá a la persona solicitante por correo certificado y urgente la documentación oportuna antes de diez días de las elecciones.
Dicha documentación, debidamente cumplimentada, se remitirá, por correo certificado y urgente, a la Junta Provincial respectiva con la antelación suficiente para que se reciba el día anterior al de las elecciones, que se celebrarán el 8 de mayo.