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Educación
Educación publica la convocatoria para la constitución de listas extraordinarias para 48 especialidades de cinco cuerpos de profesores
  • Publicado: 30/09/2020 17:14
  • por: extremadura.com
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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este miércoles una resolución por la que la Consejería de Educación y Empleo convoca procedimiento para la constitución de listas de espera extraordinarias de 48 especialidades, tres más que se suman a las acordadas en la celebración de la última Mesa Sectorial de Educación, pertenecientes a 5 cuerpos docentes no universitarios.

De las 48 especialidades que se convoca, 18 son de Secundaria, 7 de Profesores Técnicos de Formación Profesional, 5 de Escuelas Oficiales de Idiomas, 9 de Música y Artes Escénicas y 9 del Cuerpo de Maestros.

Las listas extraordinarias de Secundaria serán de las especialidades de Filosofía, Latín, Lengua Castellana y Literatura, Geografía e Historia, Matemáticas, Física y Química, Biología y Geología, Dibujo, Francés, Inglés, Música, Portugués, Educación Física, Orientación Educativa, Tecnología, Economía, Informática, y Sistemas Electrotécnicos y Automáticos.

En Formación Profesional se convocarán de Equipos Electrónicos, Instalaciones Electrotécnicas, Mantenimiento de Vehículos, Patronaje y Confección, Peluquería, Sistemas y Aplicaciones Informáticas, y Soldadura. Para las Escuelas Oficiales de Idiomas, las listas extraordinarias serán de Alemán, Francés, Inglés, Italiano y Portugués.

Para el cuerpo de profesores de música y artes escénicas se convocarán Clarinete, Guitarra, Percusión, Piano, Saxofón, Trompa, Danza Clásica, Dirección Escénica y Guitarra Eléctrica; mientras que en el cuerpo de maestros las listas extraordinarias serán de Educación Infantil, Idioma Extranjero-Inglés, Idioma Extranjero-Francés, Idioma Extranjero-Portugués, Educación Física, Música, Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje y Educación Primaria.

La finalidad de esta convocatoria es que la Consejería disponga de aspirantes a interinidad, previamente seleccionados, para la inmediata cobertura de puestos vacantes de los cuerpos docentes que puedan surgir a lo largo del curso escolar, en aquellas especialidades en las que se carece de lista de espera ordinaria, o bien en las que, existiendo esta, es previsible su agotamiento.

Las bases, así como todos sus anexos se podrán consultar a través de internet en la dirección http://profex.educarex.es, donde también aparecerá la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas, de forma provisional y definitiva.

Podrán integrarse en las listas de espera extraordinarias convocadas las personas aspirantes que, habiéndolo solicitado, cumplan, entre otros requisitos, tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado; tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Asimismo, la persona aspirante deberá poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta; y no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas; no ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente de nombramiento en el mismo cuerpo al que pertenece la lista en la que se pretende ingresar; y no formar parte de la correspondiente lista de espera ordinaria vigente en el curso escolar 2020/2021.

Además de los requisitos generales, las personas aspirantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos específicos: los interesados deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título o títulos correspondientes, título oficial de Máster Universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, además de estar en posesión de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica.

Todos los requisitos establecidos deberán cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso. Deberá presentarse una solicitud por cada especialidad en la que se desee incorporar.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las personas que participen en la presente convocatoria deberán realizar sus solicitudes, de conformidad con el modelo, siguiendo las instrucciones publicadas en el portal http://profex.educarex.es. El acceso a la solicitud web podrá realizarse bajo dos modalidades: con usuario de Rayuela o sin usuario de Rayuela.

Las solicitudes que presenten las personas interesadas se dirigirán a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación y Empleo, sita en Avda. de Valhondo, s/n, Módulo 5 de Mérida. El plazo de presentación será de diez días hábiles contados a partir de mañana día 1 de octubre, es decir, hasta el próximo día 16 de octubre.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se harán públicas, mediante resolución de la Dirección General de Personal Docente en la dirección http://profex.educarex.es, las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, ordenadas por especialidades, especificando, en su caso, los motivos de exclusión, así como la manera en que se pueda solventar dicho motivo.

Contra la puntuación provisional otorgada en las listas provisionales, las personas aspirantes podrán presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación.

Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, por resolución de la Dirección General de Personal Docente se procederá a elevar a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas.

Dichas listas se harán públicas en la dirección de internet http://profex.educarex.es y contra las listas definitivas, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer potestativamente, ante la Dirección General de Personal Docente, recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.